jueves, 28 de octubre de 2010

Proyectos de comunicación sobre:

Difusion y señalizacion de Plaza Integradora

VISTO:
Los juegos para discapacitados existentes en la Plaza del Arbol de la ciudad de Tres Arroyos, y;

CONSIDERANDO:
Que los juegos fueron adquiridos por iniciativa del Honorable Concejo Deliberante y colocados en dicha plaza.
Que es la única Plaza Integradora existente en el Distrito de Tres Arroyos.
Que estos juegos no son utilizados en forma adecuada por los niños y jóvenes que concurren a la plaza.
Que por lo tanto corren riesgo de rotura, fundamentalmente por mal uso.
Que hay falta de información, especialmente entre los discapacitados y sus familias, sobre la existencia de estos juegos integradores en la Plaza del Arbol.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo con el propósito que arbitre las medidas necesarias para que:
a- Se difunda la existencia de juegos para discapacitados en la Plaza del Arbol de la ciudad de Tres Arroyos.
b- Se señalicen cada uno de estos juegos especiales, indicando que son exclusivos para discapacitados y la forma de uso de cada uno de ellos.
Artículo 2º.- De forma.
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Señalización de calles en Claromecó.
VISTO:
La falta de señalización con el número y sentido de circulación de las calles del Balneario Claromecó y Dunamar, y;

CONSIDERANDO:
Que ambos balnearios son visitados por numerosos turistas. lo que hace indispensable la señalización de las calles para la correcta información y ubicación , evitar accidentes de tránsito, facilitar los controles de inspección general, etc.
Que de acuerdo a la Ordenanza Nº 5590/06 se establece el sentido de circulación de las calles de Claromecó y Dunamar, y se encomienda al Departamento Ejecutivo, a través de las oficinas técnicas que correspondan, a instalar la señalización necesaria para la amplia difusión de las disposiciones de dicha ordenanza.
Que a pesar de esto aún no hay carteles que indiquen al menos el número y/o nombre de las calles y el sentido de circulación en cada esquina.
Que la Ordenanza Nº 4787/00 dispone que la señalización de calles y cualquier otro cartel indicador que deba establecer la Municipalidad en las localidades turísticas del Partido, se realicen en madera proveniente de los bosques del lugar y que el diseño de los mismos lo realizará la Oficina de Planeamiento de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, con acuerdo de cada una de las Asociaciones de Fomento de las respectivas localidades.-

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la probación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Obras Públicas realice la señalización de las calles de Claromecó y Dunamar de acuerdo a lo estipulado por las Ordenanzas N º 4787/00 y 5590/06.
Artículo 2º.- De forma.-
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Cumplimiento de Ordenanza de Cercos y Veredas.
VISTO:
La falta de construcción de aceras y cercos, y la falta de mantenimiento de terrenos baldíos desmalezados y desratizados en todos los inmuebles del ejido urbano de la ciudad de Tres Arroyos y en las localidades del Distrito, y;

CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 5212/03 declara obligatoria la construcción de aceras en todos los inmuebles del ejido urbano de la ciudad de Tres Arroyos y en las localidades del Distrito.
Que también declara obligatoria la construcción de cercos en todos los predios baldíos de la ciudad de Tres Arroyos.
Que tanto en la ciudad cabecera como en las localidades del distrito los terrenos deben mantenerse desmalezados y desratizados, prohibiéndose la acumulación de residuos orgánicos en los mismos.
Que esto es indispensable para la estética urbana y la prevención de enfermedades transmitidas por diferentes vectores, así como la proliferación de estos.
Que el cumplimiento de esta Ordenanza contribuirá también a mejorar la seguridad, ya que algunos predios son verdaderos aguantaderos.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo con el propósito de solicitar que a través de la Secretaría correspondiente:
a- De a conocer la Ordenanza Nº 5212/03, con las obligaciones de los vecinos frentistas de los diferentes sectores de la ciudad cabecera y localidades del distrito, en cuanto a la construcción de aceras y cercos y mantenimiento de terrenos baldíos.
b- Exija el cumplimiento y cumpla con lo estipulado en la Ordenanza Nº 5212/03 en cuanto a exhortar y/o intimar a los propietarios que no cumplan con la ordenanza, y en estos casos realice los trabajos correspondientes con personal afectado del municipio, cobrando estos trabajos a los propietarios de los inmuebles a través de la factura de la tasa de Servicios Urbanos.
Artículo 2º.- De forma.
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Informe sobre “Clausura Relleno Sanitario”.
 VISTO:
La clausura del basural a cielo abierto y de la primera cava del relleno sanitario y el inicio de la operación de la 2º cava del nuevo relleno, y;

CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la Ordenanza Nº 5596/06 debe existir un plan de clausura y monitoreo del basural a cielo abierto.
Que existe normativa vigente para clausura y monitoreo de los rellenos sanitarios y operación de los mismos.
Que de acuerdo a lo observado en el lugar actual de disposición de los residuos sólidos urbanos no se cumple con esta normativa.
Que según Ordenanzas Nº 5596/06 se debe contar con un lugar en el Centro de Disposición de Residuos Sólidos, para el acopio transitorio de envases de agroquímicos.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría correspondiente envíe a la brevedad a este Cuerpo:
a- Plan de Clausura y Monitoreo, Vigilancia y Control del “ viejo “ basural a cielo abierto.
b- Plan de Clausura y Monitoreo, Vigilancia y Control de la 1º cava del relleno sanitario.
c- Plan de Operación de la 2º cava del relleno sanitario.
d- Lugar destinado al acopio de Agroquímicos en el actual Centro de Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos.
Artículo 2º.- De forma.-

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