jueves, 19 de agosto de 2010

Presentación de Minutas de comunicación:

Ambulancia de Claromecó.
VISTO:
La reciente entrega de una ambulancia para la localidad de Claromecó, y;

CONSIDERANDO:
Que dicha ambulancia se encuentra todavía en la ciudad cabecera.
Que las 2 ambulancias que se encuentran en Claromecó se hallan muy deterioradas, lo que implica un riesgo en los traslados de pacientes.
Que por estos motivos ya ha habido inconvenientes, debiéndose articular traslados con la ambulancia existente en San Francisco de Bellocq.
Que de acuerdo a algunas conversaciones mantenidas con autoridades de salud no se prevee el traslado inmediato del vehículo a la ciudad balnearia.
Que uno de los motivos es que no se cuenta con un lugar adecuado para guardarla.
Que la Sociedad de Fomento de Claromecó ha enviado nota para que se disponga el traslado y puesta en funciones de la ambulancia con todo su equipamiento en forma inmediata.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.-El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que disponga en forma inmediata:
a- El traslado a Claromecó de la ambulancia recientemente entregada por el Sr. Gobernador de la provincia de Buenos Aires.
b- La adecuación de un garage para guardar dicha ambulancia.


Artículo 2º.- De forma.
------------------------------
Mantenimiento de bancos en Plaza Italia.

Visto:
El estado de deterioro que presentan los bancos de la plaza Italia y,

Considerando:
Que la plaza fue remozada recientemente, recuperando un paseo público para el disfrute de toda la población y de ese barrio en particular.
Que se invirtió mucho dinero en su remodelación y sería desidia permitir que se deterioraran a causa de una circunstancia que puede evitarse
Que la falta de pintura hace que la madera quede sin protección por lo que se dañarán rápidamente por acción del sol, viento y lluvias
Que con una simple tarea de mantenimiento se puede preservar el conjunto de instalaciones de la plaza.
Que la plaza cuenta con un placero permanente.


El bloque de Concejales de la UCR solicita la aprobación de la siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la Dirección que corresponda a los fines que se arbitren las medidas necesarias para realizar el mantenimiento de pintura que necesitan los bancos de la Plaza Italia, para evitar su deterioro.

Artículo 2º.- De Forma.
-------------------------------
Comisión Municipal de Viviendas.

VISTO:
El avance en la obra de construcción de las viviendas del Plan Plurianual, y;

CONSIDERANDO:
Que a diario se reciben consultas sobre la próxima adjudicación de las mismas.
Que hay un listado de postulantes, los cuales resultaron suplentes luego de la adjudicación de las viviendas del Plan Federal 1.
Que en el caso del Plan Federal 1 se constituyó una Comisión Municipal de Viviendas, para controlar la construcción de estas viviendas, ordenar el registro de postulantes, realizar un reglamento y controlar la adjudicación, etc.
Que dado el avance de las obras es indispensable la nueva conformación de la Comisión Municipal de Viviendas.
Que esto contribuirá al orden, transparencia y control de la obra y adjudicación de la misma.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría correspondiente constituya la Comisión Municipal de Viviendas.

Artículo 2º.- De forma.

viernes, 13 de agosto de 2010

Presentación de Minutas de Comunicación:


 Eleccion de miembros de Consejo Asesor Claromeco.
 Visto:
     La ordenanza nº 5550/06, mediante la cual se crea el Organismo Descentralizado denominado “Claromecó Servicios Turísticos” y;

Considerando:
     Que en el Titulo III, Capitulo Segundo se designa a un Concejo Asesor del Organismo Descentralizado.
     Que en el Artículo 15º se dispone que los consejeros duraran dos años en su mandato.         
     Que mediante Decreto Nº 1630/08 se convoca a elecciones de miembros del Consejo Asesor del Organismo aludido, para el día 13 de julio de 2008.
     Que en la fecha anteriormente mencionada se realiza la elección.
     Que de acuerdo a lo anterior, se encuentra cumplido el plazo de dos años de mandato previsto en el Artículo 15º de la Ordenanza Nº 5550/06.
Por ello, el Bloque de Concejales de la UCR  solicita  la aprobación de la Siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a quien corresponda  para que en forma inmediata convoque a elección popular de miembros del Consejo Asesor del Organismo Descentralizado “Claromecó Servicios Turísticos”.

Artículo 2º.- De forma.

miércoles, 11 de agosto de 2010

Presentación de Minuta de comunicación:

Preservación del Arbolado Público
Visto:

La Ordenanza 5095/02 y su decreto reglamentario 3712/04 en referencia a la Preservación del Arbolado Público y de los Espacios Verdes Públicos en el Partido de Tres Arroyos, y,

Considerando:
Que por esta Ordenanza se crea y reglamenta el “Fondo Permanente de Fomento, Recuperación y Mantenimiento del Arbolado Público y Espacios Verdes del Partido de Tres Arroyos”
Que la Dirección Obras Particulares, como órgano de aplicación, ante una solicitud de construcción de obra nueva, refacción o modificación, obliga al proyectista y al propietario a fijar con precisión los árboles existentes en el frente.
Que esta misma Ordenanza en su decreto reglamentario en los artículos 21º y 22º enuncia cuáles son las obligaciones de la autoridad de aplicación como de los frentistas con respecto a las plantas y césped de su frente como así también de los espacios públicos.
Que en la Localidad de Claromecó esta Ordenanza no se cumple ya que la misma se encuentra desprovista de árboles en las aceras, dándole una apariencia desértica.
Que en diversas oportunidades se realizaron estudios donde se aconsejaban las variedades de árboles que mejor se adaptarían a Claromecó.
Que en la Localidad se producen, en la Estación Forestal, especies adaptadas al medio.
Que los beneficios del arbolado urbano son muchos: embellecimiento, reducción del calor, reducción de las escorrentías y escurrimientos, reducción de la contaminación atmosférica (química, física, biológica), reducción de costos de energía por perfeccionar el sombreado de edificios y de calles, mejora del valor de la propiedad, atenúa la amenaza a la fauna y flora silvestres, y en general mitiga todos los impactos urbanos ambientales.
Que la presencia abundante de arbolado reduce el estrés, beneficiando la salud psicofísica del habitante permanente y turistas. El sombreado agradable de calles y parques atrae a la socialización y al juego.
Que los árboles dan sitios de anidación y alimento a aves y otros animales. La combinación del arbolado y la vida silvestre ayudan a mantener la conexión de los seres humanos con la naturaleza.


Por ello, el Bloque de Concejales de la UCR solicita la aprobación de la Siguiente:


MINUTA DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a los fines que se de cumplimiento a la Ordenanza 5095/02 con su decreto reglamentario Nª 3712/04 en la localidad de Claromecó, cuyo objeto es el fomento, defensa, protección, mejoramiento, ordenamiento, recuperación, incremento y desarrollo de la forestación de las calles urbanas y de los espacios públicos del Partido de Tres Arroyos.

Artículo 2º.- De Forma.

Concejales Radicales visitaron Claromecó

El día sábado 7 de agosto, los concejales de la UCR, Raúl Ali y Maria Marta Naveyra, visitaron la localidad de Claromecó, donde observaron el avance de las obras de la futura Terminal de Ómnibus y del Hospitalito, manteniendo conversaciones con vecinos.
También recorrieron la estación forestal, en la cual constataron anomalías en la tala de árboles, ya que observaron extracción de leña a pesar de estar prohibida la misma los días sábados y domingo.
Por tal motivo se les informo a las autoridades del organismo descentralizado en forma verbal y se notifico por escrito a la Delegada Directora Sra. Mary Souto, para que se arbitren las medidas necesarias a fin de evitar más extracciones sin autorización. De la misma manera se propuso el apoyo y la puesta en práctica del proyecto sobre sectorización de la estación forestal, presentado por el bloque de la Unión Cívica Radical de acuerdo al Estudio de Planificación, Diseño y Gestión para la recuperación de la Estación Forestal de Claromecó realizado por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires.
En el día de la fecha se mantuvieron contactos con la Arq. Graciela Cattaneo, con el propósito de que se elabore un proyecto de forestación y parquización de espacio publico para las localidades de Claromecó y Dunamar.

miércoles, 4 de agosto de 2010

Proyectos de comunicación sobre:

Servicio de agua Potable en Copetonas.
VISTO:
     La Resolución 16/2010 del OCABA (Organismo de Control de Aguas de Buenos Aires ), y;

CONSIDERANDO:
     Que en los Considerandos de dicha Resolución se informa que los parámetros de flúor y arsénico en el agua de la localidad de Copetonas RESULTAN EXCEDIDOS.
     Que en la misma Resolución se aconseja la provisión de agua potable en bidones por parte de la Empresa ABSA (Aguas Bonaerenses S.A.), concesionaria del Servicio de Agua Potable en la localidad de Copetonas.
    Que de acuerdo a la población servida se deben proveer 3830 litros de agua por día.
    Que también se hace mención a inspecciones realizadas por el OCABA durante los meses de Abril y Mayo, donde pudo comprobarse que la planta de Osmosis Inversa NO FUNCIONABA.
    Que se intima a ABSA a que en un plazo de 10 días a partir del 8 de Julio indique el estado de avance de obras en la planta de ósmosis inversa de la localidad de Copetonas y suministre la cantidad mínima de tres ( 3) litros diarios de agua por habitante, conforme la modalidad establecida en la Resolución OCABA Nº 41/07, con especial atención y preponderancia por las instituciones de salud pública.
    Que hasta el día de la fecha hemos constatado en la localidad de Copetonas que no se está entregando agua potable en bidones a la población.
    Que si bien el Municipio no es el Concedente del servicio, debería gestionar la provisión del agua potable por parte de ABSA a los habitantes de Copetonas, procurando que se preste adecuadamente el servicio y velando por su salud.
El Bloque de Concejales solicita la aprobación de la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN.
Artículo 1º- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para:
            a) Que en forma urgente gestione ante el OCABA, que la empresa ABSA concesionaria del servicio de agua potable, provea 3830 litros de agua potable en bidones a la población de Copetonas, exigiendo y haciendo cumplir la Resolución Nº 16/2010.
           b) Que gestione la solución definitiva en la provisión de agua potable a la localidad de Copetonas, mediante la adecuación de las plantas correspondientes a la prestación de dicho servicio.

Artículo 2º- De forma.
------------------------------------------------
Reparación de Arcos transito pesado.
VISTO:
    La necesidad de contar con los arcos que impiden el acceso y la circulación de vehículos de tránsito pesado a las calles donde dicho tránsito se encuentra prohibido, y;

CONSIDERANDO:
     Que en varias calles estos arcos no se encuentran y en otras se encuentran dañados no cumpliendo con su objetivo.
    Que por lo tanto los vehículos pesados circulan por calles prohibidas dañando el pavimento.
    Que algunos de estos arcos deben ser reubicados de acuerdo al nuevo circuito para el tránsito pesado.
    Que se han hecho reiterados reclamos a las autoridades respectivas sobre estos inconvenientes, no obteniendo respuestas hasta el momento.
    Que en la sesión del Concejo Deliberante del día 8 de abril se aprobó por unanimidad la minuta presentada por este bloque donde se solicitaba esto mismo.

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, solicita la aprobación de la siguiente.

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la Secretaría correspondiente:
         a- Repare los arcos dañados.
         b- Reubique la totalidad de los arcos de acuerdo al nuevo circuito de circulación del tránsito pesado.

Artículo 2º.- De forma.
------------------------------------------------
Limpieza de bocas de tormenta.
Visto:
    Las condiciones de suciedad y acumulación de basura que presentan las bocas de tormenta de la Ciudad de Tres Arroyos, y;

Considerando:
    Que en las bocas de tormenta se obstruyen con botellas plásticas, bolsas de nylon y se agrava cuando es el momento del año en que se caen las hojas de los árboles.
    Que la suciedad acumulada no permite el escurrimiento del agua de lluvia o la producida por el aseo de aceras.
    Que las bocas de tormenta deberían tener una rejilla que impidiera el paso de la basura.
    Que estas condiciones de acumulación de basura son factores de proliferación de roedores

Es por ello que el Bloque de Concejales de la UCR solicita la aprobación de la siguiente

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a los fines de que proceda a la limpieza manual de las bocas de tormenta de la Ciudad de Tres Arroyos.
Artículo 2º.- Se disponga un sistema de rejillas colocadas en las bocas de tormenta para filtrar la basura de tamaño más importante.
Articulo 3º.- Se cumpla efectivamente con el servicio de Barrido y limpieza urbano, a fin de evitar la acumulación de desechos en los cordones y el posterior atascamiento de las bocas de tormenta.
Artículo 4º.- De forma.

miércoles, 21 de julio de 2010

Concejales Radicales brindaron conferencia de prensa:

Con los papeles y la verdad sobre la mesa

Un subsidio al que hemos hecho referencia en nuestro pedido de informes, fue solicitado por una agente municipal que realiza sus tareas como Enfermera del Hospital.
La solicitud de dicho subsidio por gastos de alquiler se realizó el 16 de Octubre de 2008 y se inició el Expediente Nº 4.511-A-2008 el 21 de Octubre de 2008.
Hoy tenemos adelante nuestro ese Expediente.
A foja 1 encontramos la nota de la agente municipal dirigida al Sr. Intendente Carlos A. Sanchez solicitando el subsidio por alquiler. Esta hoja tiene DOBLE FOLIO.
A foja 2 se halla un contrato de alquiler con fecha 29 de Septiembre de 2008, debidamente certificado y firmado por la agente municipal, la garante, el propietario del departamento a alquilar y el responsable de la inmobiliaria que alquila. Esta hoja también tiene doble folio. En la cláusula 9º del contrato aparece como garante del mismo la Dra. Mónica Capellari, quien en ese momento era la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano del Municipio.
A foja 4 se encuentra Encuesta Social Unica con fecha 29 de Octubre de 2008, donde figuran los datos de la agente, que trabaja en el Centro de Salud, que poseé IOMA como Obras Social y que poseé un ingreso mensual de $ 1600.
A fojas 5 y 6 se encuentra una nota de la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano, Dra. Capellari, donde no figura el día del mes de Octubre. En la misma nota la Dra. Capellari reconoce que la Encuesta Social Unica realizada el 29 de Octubre pasado no considera que la agente en cuestión cuenta con otro ingreso adicional…(de una empresa que presta servicio tercerizados en el Centro de Salud). Es decir que la Dra. Capellari conocía otro ingreso de la agente. También dice que concurre a una segunda entrevista con la peticionante, acompañada de la Asistente Social y que este segundo trabajo corría el riesgo de perderlo. Es decir que la peticionante en este momento tenía 2 trabajos, y lo reconoce la Dra. Capellari. No se encuentra en el Expediente ningún recibo de este 2º trabajo, a pesar de que la agente mantuvo este empleo durante el tiempo que se le otorgó el subsidio. Nunca se perdió el trabajo a pesar de lo manifestado por la Dra. Capellari. Estos dos empleos representaban un ingreso de más de $4000.-
A pesar de esto se le otorga el Subsidio por Alquiler de $ 500.-
A foja 14 encontramos una nota con fecha 29 de Diciembre de 2008, en la que se decide de común acuerdo la rescición del contrato obrante a fojas 2.
A foja 15 y con fecha 6 de Enero de 2009, hay una nota de la Asistente Social solicitando la continuidad del subsidio por 2 meses. Entendemos que por los meses de Enero- Febrero.
A fojas 16 y 17 se encuentra nuevo contrato de alquiler con fecha 1 de Abril de 2009. A diferencia del primer contrato, éste no está firmado ni por el inquilino, garante y titular del inmueble. Nuevamente la Dra. Mónica Capellari es la garante que figura en el contrato.
A foja 18, con fecha 8 de Septiembre de 2009, hay una nota de la Asistente Social solicitando la continuidad del subsidio por 3 meses, al no haber sufrido modificaciones sustanciales la situación de la agente. Entendemos que por los meses de Septiembre-Octubre y Noviembre. Preguntamos, ¿que pasó durante los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto, que no hay informes de Asistente Social?
En la misma foja y con fecha 20-1-2010 ( agregada a mano, con tinta), la misma asistente Social dice que la agente le manifiesta, " que se le de baja al presente subsidio pues resolvió su problema de otra manera y por el momento no lo necesita". No discutimos como resolvió el problema, incluso nos alegra que lo haya hecho, pero recordamos que el 10 de Diciembre de 2010, cambió la Secretaria de Salud y Desarrollo Humano. Lo cierto es que la Dra. Claudia Cittadino no renovó este Subsidio por Alquiler.
Nos preocupa que con fecha 7 de Abril, en la misma foja, a las 14.30 horas se denuncia que faltan fojas en el expediente original, o sea en este expediente que hoy presentamos y nos permitimos dudar que efectivamente esté completo y además sea el original.
A foja 19 se agrega la documentación denunciada como faltante, entre lo que se encuentra documentación de un juicio de desalojo y los recibos de sueldo de la agente.
En el Expediente 1949-H-2010, y en respuesta al pedido de informes realizado por nuestro Bloque de Concejales mediante Minuta de Comunicación Nº 955/10 del 21 de Abril de 2010, queremos decir:
1- Que se encuentran recibos de sueldo del Centro de Salud, de los meses de Enero de 2009 por $ de Junio de 2009 por $ y de Diciembre de 2009 por $.
A esto debemos agregar aproximadamente $ 3.000.- de ingresos por su 2º trabajo, lo que haría un ingreso aproximado en Diciembre de 2009 de $ 6.000. Estos recibos y a pesar del conocimiento manifestado por la Dra. Capellari, como dijimos, no aparecen en ninguno de los 2 Expedientes,
2- A fojas 6,7,8 y 9 de este Expediente se encuentran los recibos de alquiler debidamente rendidos del año 2009.
3- También se encuentran la totalidad de los Listados de Retiro de Comprobantes de los Subsidios de la agente durante el año 2009.
De este último Expediente resulta también, que en el mes de Diciembre de 2009 se otorgaron:
- Subsidios por Gastos de Subsistencia 189 personas/mes $ 36.295/mes.-
- Subsidios por Gastos de Alquiler 147 personas/mes $ 49.610/mes.-
- Totales: 336 personas/mes $ 85.905/mes

No podemos referirnos a otros subsidios ya que no tenemos más datos.
Antes de presentar este informe hemos hablado con la Dra. Cittadino y la Dra. Capellari, al menos 2 veces con cada una.
Desde los últimos meses se está realizando una planilla desde la Secretaría de Salud y Desarrollo Humano, donde se hace constar todos los meses los datos sociales mínimos de todas la personas beneficiarias de subsidios. Consideramos que es indispensable iniciar urgentemente la confección de la Historia Clínica Social Única, tal consta en la Ordenanza Nº 5258/04, articulo 5º, del Programa de Promoción Comunitaria. Esto terminará de transparentar y ordenar el otorgamiento de todo tipo de ayuda social en el Municipio de Tres Arroyos.

jueves, 8 de julio de 2010

Presentación de Ordenanzas:


Ordenanza sobre circulación de Cuatriciclos.
 Visto:
    El  aumento considerable de cuatriciclos  y motos cross que circulan por las  playas del Partido de Tres Arroyos, y;

Considerando:
    Que muchos turistas eligen a nuestras costas por la topografía que poseen y que sus dunas son un atractivo para el desarrollo de destrezas con este tipo de vehículos y son definitorios a la hora de optar por un destino.
    Que también son muchos los que prefieren nuestras playas por la tranquilidad  que ofrecen adoptándolas como lugar de relax, y las dunas son utilizadas como zona de diversión de niños.
    Que ese relax o descanso se ve afectado por la circulación caótica, por cualquier sitio, a cualquier velocidad, conducido por mayores y también por menores,  ocasionando en muchas oportunidades contaminación auditiva e incluso atentando contra la integridad física de personas y mascotas.
    Que como Municipio interesado en fomentar el turismo en nuestras costas tenemos la obligación de compatibilizar los dos aspectos antes mencionados para que todos los turistas se sientan cómodos y que puedan realizar la actividad de su preferencia sin perjuicio de los demás.

El bloque de Concejales de la UCR  sugiere la aprobación del siguiente  

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Los cuatriciclos y motos que realicen carreras o  destrezas en las playas del Partido de Claromecó lo harán en lugares destinados a tal fin.
Se destinan, para la realización de estas actividades los siguientes lugares:

Claromecó: sector conocido como “La Olla”.-
Dunamar: sector conocido como “El Letrero”.-
Orense: Sector “Ultimo médano sobre la Forestal
Reta: médano sobre bajada de lanchas.

Artículo 2º Se señalizarán  en forma clara los lugares destinados a los fines antes mencionados.

Artículo 3º El Departamento Ejecutivo, a través de todos los medios de información de que disponga, implemente la difusión  de las normas aquí previstas.

Artículo 4º.- De Forma

----------------------------------------------------- 


Turismo Accesible: Categorización de balnearios.

VISTO;
     Que los concesionarios de los balnearios del Partido de Tres Arroyos han  realizado la encuesta sobre accesibilidad a los mismos y en la necesidad  de avanzar en la planificación, diseño y desarrollo de la accesibilidad a los mismos para todas las personas independientemente de su edad o estado de salud

CONSIDERANDO;
     Que turismo accesible es aquel  que planea, diseña y desarrolla actividades para el ocio y el tiempo libre, de manera que puedan disfrutarlo todos y cada uno de los individuos y no se debe concebir como un turismo para personas con capacidades diferentes. Es pues el que puede realizar cualquier persona con independencia de su edad o que padezca alguna discapacidad o haya sufrido algún accidente o enfermedad.
     Que playa accesible  es  aquella que contiene el equipamiento requerido para que las personas con capacidades restringidas (motrices, visuales, auditivas, mentales) puedan circular, participar y desarrollar las actividades propias del balneario sin restricciones.                                                                                                          
     Que  se debería instrumentar un plan para realizar las modificaciones necesarias en la totalidad de las áreas componentes de los  balnearios  a fin de tornarlos “playa accesible”, definiendo un plan de obras que resuelva y optimice la accesibilidad y uso del mismo por parte de las usuarios con capacidades restringidas.
     Que las mejoras en la  accesibilidad a  las playas contribuyen a conseguir un "turismo accesible" que no sólo favorece la integración social de las personas con discapacidad, sino que también beneficia directamente a cualquier usuario de las playas, lo que en definitiva redunda en el aumento de la calidad de nuestros destinos turísticos.
     Que es indispensable  realizar un diagnóstico detallado de la situación de accesibilidad de las playas, como paso previo ineludible para enfocar las siguientes fases del Plan, en la que se clasificará a los diferentes balnearios según cuenten o no con los  elementos de accesibilidad.
     El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

ORDENANZA
 Artículo 1º.-  Los concesionarios serán clasificados  de acuerdo a su accesibilidad, la cual estará dada por la cantidad de elementos mínimos indispensables para alcanzar las siguientes denominaciones:
ELEMENTOS
PLAYAS
PLAYAS 
PLAYAS 

ACCESIBLES
☼ ☼ ☼
 ACCESIBLES 
☼ ☼
ACCESIBLES
Estacionamiento adaptado
SI
SI
SI
Rampas de madera
SI
SI
SI
Pasarelas de madera
SI
SI
SI
Vestuarios adaptados
SI
SI

Duchas adaptadas
SI
SI

Baños  adaptados
SI
SI

Zona de sombra adaptada. Carpas
SI
SI

Sillas  anfibias
SI


Muletas anfibias
SI


Zona de baño  segura
SI


Personal de apoyo para baño.
SI


Vigilancia
SI





Artículo 2º.- Los balnearios ya concesionados  deberán presentar un programa de obras para adecuar la accesibilidad al Balneario al menos a la categoría de Playa accesible 2 soles, pero será condición ineludible para futuras concesiones

Artículo 3º.- Las nuevas concesiones se adecuarán al mínimo  a la categoría de Playa accesible 2 soles.

Artículo 4º.- Las reformas a las instalaciones ya existentes como así también las nuevas obras que se realicen en los balnearios serán asesoradas por los profesionales de la Secretaría de Obras Públicas  conjuntamente por el Área de Discapacidad del Municipio.

Artículo 5º.- Una vez al año,  finalizada la temporada y antes del 31 de mayo  se procederá a realizar una nueva evaluación a fin de recategorizar el balneario, si correspondiera.

Articulo 6º.- De forma.-
 

viernes, 2 de julio de 2010

Radicales visitaron “Mundo Claro”.


Ayer miércoles por la tarde integrantes del Bloque de Concejales de la UCR, acompañados por Graciela Elisio integrante del comité Enrique Betolaza y Nicolás Franganillo integrante de la Juventud Radical, visitaron a los jóvenes claromequenses que realizan el periódico “Mundo Claro” interiorizándose sobre las motivaciones y los objetivos del trabajo. Destacándose el esfuerzo desinteresado que llevo a Daniela Kazlaukas, responsable e ideóloga del proyecto, a lograr un trabajo comunitario que apunta a la inclusión e igualdad de todos los niños de la localidad que desean sumarse al periódico. 
En el transcurso de la entrevista se realizo la donación de una impresora multifunción de parte del Bloque de Concejales Radicales, la cual se constituye en una nueva herramienta que suma “Mundo Claro” para sus pequeños editores.

viernes, 11 de junio de 2010

Presentación de Minutas de Comunicación


 Accesibilidad al edificio de Secretaria de Seguridad
VISTO:
     La dificultad en la accesibilidad para gestionar el carnet de conductor, y;

CONSIDERANDO:
     Que a la oficina concurren numerosas personas con diferentes grados de discapacidad, a las cuales les resulta imposible el acceso.
     Que la escalera significa una barrera física aún para aquellas personas no discapacitadas.
     Que se ha planteado el tema en forma personal, informándose que tendría una pronta solución, cosa que no ha ocurrido hasta la fecha.
     Que esto es un reclamo frecuente de muchos ciudadanos
     Que es responsabilidad del Municipio contar con espacios accesibles para la realización de todo tipo de trámites.
     Que la adecuación del espacio físico constituirá un acto de igualdad para todas las personas.

     El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo con el propósito que desde la Secretaría correspondiente se adecue el acceso  a todas las dependencias que conforman la Secretaría de Seguridad o que inicialmente se asigne un espacio físico en planta baja para la realización del trámite para la obtención del carnet de conductor.
 Artículo 2º.-  De forma.
----------------------------------------------------------- 
 Transporte Escolar Rural.

VISTO
     La dificultad que se presenta en el transporte escolar  rural en cuanto a la actualización de los montos percibidos por este servicio, y:

CONSIDERANDO
     Que es necesario un reajuste de precios para mantener el servicio en forma óptima ya que se deben realizar inversiones en combustible, cubiertas,  repuestos de los vehículos, etc.
     Que los pagos se están realizando con más de un mes de atraso, por lo que recién se ha cobrado el mes de Marzo de 2010.
     Que los valores percibidos  han sido incrementados en apenas 5 centavos en el último año, habiéndose incrementado el 110 por ciento el gas oil y 400 por ciento los repuestos,
     Que de no ocurrir esta adecuación de los valores se hará imposible el mantenimiento del servicio a partir de las vacaciones de invierno, ya que caducan los contratos.
     Que esto traerá como consecuencia que un número elevado de alumnos no contarán con el servicio de transporte escolar rural a partir de esa fecha y que 10 transportistas locales perderán su fuente de trabajo.

     El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical aconseja la aprobación de la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN
 Artículo 1º.-  El Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos se dirige al Consejo Escolar para que gestione en forma urgente el incremento de los valores recibidos por los transportistas que realizan el servicio de transporte escolar rural en el partido de Tres Arroyos.
 Artículo 2º.- De forma.

Presentación de Ordenanzas:

Declaracion de Edificio historico "Ex Colegio Nacional".
 Visto:
     Que el “ex edificio del Colegio Nacional” se constituye en un bien histórico para la ciudad, y;
Considerando:
Que dicho edifico fue construido entre los años
Que el mismo constituye el patrimonio histórico-cultural vinculado con acontecimientos del pasado de la ciudad.
Que por ordenanza  Nº 5759/07, denominada Código de Preservación del Patrimonio Cultural establece las acciones de preservación y protección del patrimonio cultural del Municipio de Tres Arroyos.
Que es responsabilidad de todos los ciudadanos conservar y mantener los edificios que hayan tenido importancia en la vida de la Localidad.
Que ese espacio histórico debería ser destacado entre todos los edificios históricos de importancia de la ciudad.
Que la conservación de dicho edificio se  constituirá en aporte turístico por su carácter histórico.
       Por ello, el Bloque de Concejales del la Unión Cívica Radical aconseja al Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos la aprobación de la  siguiente:      
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: Declárase monumento histórico municipal al edificio "Ex colegio Nacional", sito en calle Chacabuco……, cuya identificación catastral es la siguiente:, del Partido de Tres Arroyos.-
Artículo 2º: Toda alteración o modificación, tanto en la fachada como en el interior del edificio, deberán ejecutarse respetando rigurosamente el estilo inicial de la construcción, previo asesoramiento y aprobación de la Comisión Municipal de Patrimonio.-
Artículo 3º: Las empresas prestadoras de servicios en la ciudad de Tres Arroyos, no podrán realizar intervenciones sobre el edificio sin el asesoramiento y aprobación de la Comisión Municipal de Patrimonio.-
Artículo 4º: Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a fin de inscribir marginalmente en la plancheta y cédula catastral, la presente Ordenanza.-
Artículo 5º: Transcribir vistos y considerando.
Artículo 6º: De forma.-
--------------------------------------------------------------------- 
Creacion de Consultorio de Adolescencia
Visto la cantidad de embarazos adolescentes registrados en el Centro Municipal de Salud Ignacio Pirovano, y;

Considerando:
-Que los embarazos a temprana edad impactan sobre todo en las familias de menores recursos, sin dejar de admitir que esos embarazos ejercen un impacto negativo en la estructura familiar de cualquier nivel socioeconómico.
-Que son más proclives a embarazarse las jóvenes en situación de abandono escolar, que muchas veces es causado por esta inesperada situación lo que produce un círculo vicioso negativo
-Que los jóvenes no tienen criterio formado sobre el autocuidado, el cuidado del otro y de las normas de prevención
-Que esos jóvenes viven la cultura de la inmediatez, donde prevenir algo que puede ocurrir no está dentro de sus valores.
-Que las cuestiones culturales ejercen un mandato sobre actitudes de varones y mujeres que dificultan la adopción de métodos anticonceptivos
-Que creer que todos esos embarazos ocurren como consecuencia de un proyecto de vida, es simplificar la problemática y evadir responsabilidades
-Que al no conocer cómo cuidar su salud sexual es probable el contagio de enfermedades de transmisión sexual que se creían erradicadas.
-Que es necesario aggiornar a la familia, ya que ésta no acompaña, en todos los casos la inestabilidad propia del adolescente que no recibe consejos, no es escuchado y tampoco tenido en cuenta
-Que en numerosos Hospitales del país se cuenta con un Servicio de Adolescencia de fácil accesibilidad, donde se tratan integralmente a los jóvenes.

El bloque de concejales de la UCR propone el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Articulo 1º- Créese en el ámbito del Centro Municipal de Salud la formación de un Consultorio de Adolescencia.
El mismo tendrá como característica principal la fácil accesibilidad en cuanto a horario y con la posibilidad de asistir con turno o sin él
Y sus objetivos serán:
PREVENCIÓN: brindar orientación a jóvenes y adolescentes sobre riesgos y consecuencias del embarazo responsable y gestación         
                           Educar para lograr decisiones libres sobre la propia sexualidad pero también  para prevenir embarazos no deseados y reducir el número de abortos
ASISTENCIA: Asistencia y promoción del bienestar de las personas involucradas en la problemática
                         Asesoramiento mediante programas de de desarrollo de valores que fundamentan la sexualidad humana para contribuir al pleno desarrollo personal
                         Brindando una escucha atenta a las problemáticas juveniles en un ambiente amigable
                         Asesorar a las familias para una mejor integración afectiva de adolescentes embarazadas.

Articulo 2º
Su implementación tendrá el siguiente esquema:
a-      El consultorio funcionará de lunes a viernes en horario matutino y vespertino para facilitar la concurrencia de los jóvenes
b-      El Equipo profesional estará constituido por un médico especialista en adolescencia y un ginecólogo. Con posibilidad de ampliar este equipo en las medidas de las posibilidades.
c-      Se atenderán todo tipo de consultas y éstas serán el medio para indagar sobre la salud sexual y reproductiva de los jóvenes
d-     Se informará sobre métodos anticonceptivos, con entrega de los mismos, haciendo un seguimiento de éstas acciones.
e-      Se realizarán talleres que podrán realizarse en el mismo Centro de Salud o podrán ser llevados a las Escuelas como por Ej. “PREVENCION DE EMBARAZOS ADOLESCENTES”  o “SER MAMÁ”, con intervención de adolescentes embarazadas o mamás recientes para que puedan dar testimonio de sus experiencias.

miércoles, 2 de junio de 2010

Presentación de Minutas de comunicación:

Regularización del Barrido y limpieza de la ciudad.
Visto:

Los numerosos reclamos que a diario realizan los vecinos de diferentes barrios por la falta de barrido y limpieza en calles de la Ciudad , y;
Considerando:
Que es un tema que ha sido abordado el día 5 de mayo con el responsable del área y cuya respuesta fue además de admitir que existía el problema, éste sería resuelto en la semana siguiente y a la fecha nos consta que no es así.
Que la queja de los vecinos, es que además de la suspensión del servicio, coincidentemente sufrieron un aumento de la tasa de Servicios Urbanos.
Que sobre todo en esta época del año, con la caída de las hojas de los árboles se hace necesaria dicha limpieza para no obstaculizar los desagües pluviales.
Que es indispensable el barrido y la limpieza para ofrecer un aspecto agradable de la Ciudad
El Bloque de Concejales de la UCR propone la aprobación de la siguiente :
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º-El Honorable Concejo Deliberante se dirija al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la Dirección que corresponda a los fines que se implemente el barrido y limpieza de las calles de toda la Ciudad Cabecera de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo 2º- De forma
---------------------------------------------------
Control de Perros sueltos en la vía publica
Visto:

La cantidad de perros sueltos que se encuentran en todos los barrios de la Ciudad Cabecera y en las Localidades.
Considerando:
Que hay legislación vigente respecto de la tenencia responsable de animales mediante Ordenanza Nº 5311/04.
Que dicha norma expresa en su artículo 8º que se considera dueño, guardador o poseedor de animales a toda persona mayor de edad , que de asilo permanente a uno o más animales.
Que la misma en su Capítulo II, en su artículo 9º dice:” Dispónese la prohibición a los dueños, poseedores o guardadores de dejar a sus animales sueltos en la vía pública…”
Que los canes, en su gran mayoría tienen dueño, pero habitan la calle durante la mayor parte del día.
Que los mismos rompen y arrastran las bolsas de residuos, generando suciedad en los espacios públicos.
Que los animales molestan a transeúntes y personas que circulan en bicicletas y motos, constituyéndose en un factor de riesgo para la integridad física de los vecinos.
El bloque de Concejales de la UCR solicita la aprobación de la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo y por su intermedio al la Secretaría correspondiente para que se ponga en práctica lo que está legislado con respecto a la tenencia de animales domésticos en la Ordenanza 5311/04.
Artículo 2º De forma

Proyecto de Decreto:

Objeción de cuentas de la Administración Central
Visto:

La Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2009, y;

Considerando:
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante el examen de las cuentas de la Administración Municipal (Artículo Nº 192 inciso 5 de la Constitución Provincial).
Que “ los municipales, funcionarios y empleados, son personalmente responsables, no solo de cualquier acto definido y penado por la ley, sino también por los daños y perjuicios provenientes de la falta de cumplimiento de sus deberes”, Artículo Nº 194 de la Constitución Provincial.
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en el Artículo Nº 241 que “el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos “.
Que “todo acto de inversión de fondos ejecutado al margen de las normas constitucionales, legales y de Ordenanzas, lleva implícita la presunción de perjuicio…”, según el Artículo Nº 244 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Que al analizar las cuentas municipales hemos detectado la existencia de actos administrativos que no han sido realizados conforme las normas vigentes.
El Bloque de concejales de la Unión Cívica Radical propone al Honorable Concejo Deliberante la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE DECRETO.-´
Artículo 1º.- Desapruebase la Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2009 de la Administración Central.
Artículo 2º.- Observase los siguientes actos administrativos:
1- Transferencia 70.00.00/9.1.2.1 $ 1.500.000.-
El día 29 de Diciembre de 2009, este Honorable Concejo Deliberante por mayoría votó una Ordenanza en la que se facultaba al Departamento Ejecutivo a desafectar fondos de la Dirección de Vialidad Rural por un millón quinientos mil pesos para ser transferidos al Centro Municipal de Salud.
Del análisis de los movimientos registrados en la Contabilidad de la Dirección de Vialidad Rural de fecha 27 de Marzo de 2010, surge que ese monto, que debió desafectarse de esa dependencia a fines de Diciembre de 2010, en realidad nunca había ingresado al área, razón por la cual se deduce que la Ordenanza antes citada intentó blanquear una seria trasgresión a la Ley Orgánica de las Municipalidades cometida por el Departamento Ejecutivo, que DEBE enviar a ese Organismo Descentralizado el 70 % de lo recaudado de la Tasa por Reparación y Mejoramiento de la Red Vial.-
En realidad no se sabe en que se gastaron esos recursos afectados, pudo ser en la remodelación de la Plaza San Martín; en la construcción del escenario de la Fiesta del Trigo o en otras cuestiones que solo se podrán establecer fehacientemente a través de una exhaustiva auditoria por parte del Tribunal de Cuentas.
En este acto hubo incumplimiento del Artículo Nº 130 de la Ley Orgánica de las Municipalidades que dice: “El Departamento Ejecutivo no podrá desafectar ni cambiar el destino de los créditos de Cuentas Especiales sin autorización del Concejo Deliberante “.
2- 38 hectáreas de propiedad municipal que fueron cedidas gratuitamente mediante Ordenanza Nº 5203 del año 2003 a la Casa de Ex Pupilos del Hogar El Amanecer, pero desde hace 4 años esa Institución no las explota y este año fueron sembradas con soja.
A pesar de todos los pedidos de información efectuados no hemos recibido la debida respuesta por parte del Departamento Ejecutivo.
Esto es una franca violación al Artículo Nº 55 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que dice “El Concejo autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros “.
3- Observase por falta de Rendición de Cuentas la Edición 2009 de la Fiesta Provincial del Trigo.
Por nota del día 11 de Enero del corriente año, el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical le solicitó al Sr. Intendente Municipal información sobre el contrato firmado con los artistas de la Edición 2010, y los balances correspondientes a las Ediciones 2008 y 2009.
A pesar de ello nunca se elevó la documentación relativa a este evento, no obstante la Fiesta en estas 2 últimas ediciones ha estado organizada y administrada por el Departamento Ejecutivo.
En la Rendición de Cuentas solo hallamos una partida de $ 55.000.- que estimamos correspondiente a un subsidio.
Artículo 3º.- De forma.
---------------------------------------------------
Objeción de cuentas del Centro Municipal de Salud.
Visto:

La Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2009, y;

Considerando:
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante el examen de las cuentas de la Administración Municipal (Artículo Nº 192 inciso 5 de la Constitución Provincial).
Que “ los municipales, funcionarios y empleados, son personalmente responsables, no solo de cualquier acto definido y penado por la ley, sino también por los daños y perjuicios provenientes de la falta de cumplimiento de sus deberes”, Artículo Nº 194 de la Constitución Provincial.
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en el Artículo Nº 241 que “el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos “.
Que “todo acto de inversión de fondos ejecutado al margen de las normas constitucionales, legales y de Ordenanzas, lleva implícita la presunción de perjuicio…”, según el Artículo Nº 244 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Que al analizar las cuentas municipales hemos detectado la existencia de actos administrativos que no han sido realizados conforme las normas vigentes.
El Bloque de concejales de la Unión Cívica Radical propone al Honorable Concejo Deliberante la aprobación del siguiente:
PROYECTO DE DECRETO.-
Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas del Centro Municipal de Salud.
Artículo 2º.- Observase la partida 12.1.14.01 Servicios Asistenciales del Ejercicio, ya que las donaciones efectuadas por pacientes del Centro Municipal de Salud fueron incorporadas en la Rendición de Cuentas de dicho Organismo Descentralizado, a pesar de la opinión que al respecto formulara la Delegación Zona IX Bahía Blanca del Tribunal de Cuentas, que con fecha 4 de Febrero de 2010 determinó que “ las donaciones deberán estar previstas en el Cálculo de Recursos en una partida habilitada para tal fin, y previamente a su ingreso a la Tesorería, deberá darse cumplimiento con las disposiciones del Artículo Nº 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades “.
Constituye incumplimiento del Artículo Nº 57 de la L.O.M. que dice: “El Concejo aceptará o rechazará las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad “.
Artículo 3º.- De forma.